Cada cierto tiempo ocurren hechos en nuestro país que remueven conciencias y colocan en el “tapete” discusiones que son muy añejas, donde a la vez vemos que al ser puestas en la mente de la opinión pública tienen mucho de asidero, pero que lamentablemente son como las epidemias: aparecen, atacan, hacen algunos estragos, pasan y se olvidan…….hasta la próxima, SOLO QUEDAN LAS SECUELAS.
La DELINCUENCIA JUVENIL es una de las LACRAS que le pesa sobre la responsabilidad que le corresponde a TODA nuestra sociedad (lo hemos analizado antes), donde evidentemente han fallado los sistemas de protección, rehabilitación y custodia de “enanos semilla de maldad”. En lo formal tenemos que:
“Nadie puede dudar que la ciudadanía tiene a flor de piel el tema de la delincuencia no sólo juvenil sino también de los niños/as, lo cual enfatiza la necesidad de tomar ciertos resguardos entre los chilenos. Sin embargo, expertos, defensores públicos, políticos, sicólogos este tema no puede desasociarse de la pobreza y marginalidad con que viven muchos de los jóvenes en nuestro país.
Al respecto la regulación legal de menores ha tenido diversas críticas tanto de la doctrina nacional y observaciones del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, que muestran un desencuentro entre la legislación vigente y las obligaciones de Chile al ratificar instrumento de Derechos Humanos.
La nueva ley sobre responsabilidad penal de los adolescentes, Ley Nº 20.084, publicada septiembre de 2005, que comenzó a regir en 2006, pero se defirió para el 2007, creó un sistema especial de responsabilidad penal para los adolescentes de entre 14 y 17 años, terminando así con el antiguo sistema de imputabilidad y/o inimputabilidad, basado en la declaración judicial sobre el discernimiento del menor.
Se entiende según el proyecto enviado en su momento, a “toda persona que al momento de cometer la infracción a la ley penal que se le imputa, sea mayor de 14 cumplidos y menor de 18 años”.
Fuente: http://www.bcn.cl/carpeta_temas_profundidad/ley-responsabilidad-penal-adolescente
La DELINCUENCIA JUVENIL es una de las LACRAS que le pesa sobre la responsabilidad que le corresponde a TODA nuestra sociedad (lo hemos analizado antes), donde evidentemente han fallado los sistemas de protección, rehabilitación y custodia de “enanos semilla de maldad”. En lo formal tenemos que:
“Nadie puede dudar que la ciudadanía tiene a flor de piel el tema de la delincuencia no sólo juvenil sino también de los niños/as, lo cual enfatiza la necesidad de tomar ciertos resguardos entre los chilenos. Sin embargo, expertos, defensores públicos, políticos, sicólogos este tema no puede desasociarse de la pobreza y marginalidad con que viven muchos de los jóvenes en nuestro país.
Al respecto la regulación legal de menores ha tenido diversas críticas tanto de la doctrina nacional y observaciones del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, que muestran un desencuentro entre la legislación vigente y las obligaciones de Chile al ratificar instrumento de Derechos Humanos.
La nueva ley sobre responsabilidad penal de los adolescentes, Ley Nº 20.084, publicada septiembre de 2005, que comenzó a regir en 2006, pero se defirió para el 2007, creó un sistema especial de responsabilidad penal para los adolescentes de entre 14 y 17 años, terminando así con el antiguo sistema de imputabilidad y/o inimputabilidad, basado en la declaración judicial sobre el discernimiento del menor.
Se entiende según el proyecto enviado en su momento, a “toda persona que al momento de cometer la infracción a la ley penal que se le imputa, sea mayor de 14 cumplidos y menor de 18 años”.
Fuente: http://www.bcn.cl/carpeta_temas_profundidad/ley-responsabilidad-penal-adolescente
(BCN: Biblioteca Congreso Nacional)
En la practica tenemos la triste realidad, la DELINCUENCIA a sobrepasado todos los marcos, aunque la autoridad lo niega o justifique, quizás el ya tristemente famoso CISARRO en unos meses sea un anécdota, hasta que vuelva a sus andadas. Solo tomen nota en el contexto que se da la entrada de este minusculo personaje en la escena de la DELINCUENCIA criolla:
“SANTIAGO, Chile, ago. 2 (UPI) -- El niño C.C.M (10) conocido como 'El Cisarro' regresó esta tarde de domingo al Centro de Tránsito y Diagnóstico (CTD) del Servicio Nacional de Menores (Sename) de Pudahuel desde donde había huido ayer y tras ser 'rescatado' por un grupo de al menos seis jovencitos, uno de ellos armado. 'El Cisarro' fue recapturado esta madrugada por funcionarios de la sección OS-9 de Carabineros que lo encontraron mientras se desplazaba por la comuna de Peñalolén en compañía de otras menores, y específicamente en calle Lago Ranco.
El niño permanecía en el CDT desde el jueves, y ayer mientras participaba de un taller junto a un grupo de menores, 'El Loquito' uno de los miembros de la banda de seis compañeros de correrías que fue a buscarlo, y que portaba un arma, intimidó al monitor del taller. Finalmente los seis miembros de la pandilla y 'El Cisarro' huyeron en un taxi.
Luego de que esta mañana fuera recapturado, el niño fue llevado hasta la 34 comisaría de menores, ubicada en calle República, desde donde se le derivó al CDT al que había sido enviado el jueves para ser sometido a una evaluación. Ese mismo día, 'El Cisarro' había sido capturado conduciendo un auto robado.
Poseedor de un nutrido prontuario, entre los 15 delitos por los que 'Cisarro' ya ha sido capturado se cuenta el atraco en el que fue apuñalado en una pierna el economista y decano de la Universidad Adolfo Ibáñez, Leonidas Montes, en octubre de 2008. Además, pocas semanas antes participó en el asalto contra el japonés Matasaka Wuada.
Debido a su corta edad, 'Cisarro' no es imputable, por lo que no ha sido juzgado y tras cada arresto es enviado a centros del Sename desde donde se fuga”. Lo más probable es que, mas de algún genio de la cinematografía chilena este ya escribiendo el guión de una película, es decir lo típico en el tratamiento superficial de una tema grave de carácter social y ético.
Hoy, la Justicia chilena toma medidas como la siguiente: Un joven es detenido por la comisión de un ilícito, revisada su causa, y si es imputable es enviado como castigo alternativo a cumplir “condena” a un establecimiento educacional, para lo cual se le asigna un “tutor” que se supone velara por el cumplimiento del “castigo” de aquel “joven descarriado”.
Hasta aquí podría aceptarse como una buena intención del(a) Sr(a) Juez(a), sin embargo en la practica existen casos en que el joven delincuente tiene que asistir en un establecimiento educacional Municipal subvencionado, quienes están en cierta forma obligados a recibirlo por su condición de dependencia estatal, situación que no tendría ninguna relevancia si estos jóvenes estuvieran BAJO EL MISMO RÉGIMEN estudiantil que los jóvenes regulares. Pero como se dijo, la realidad es otra, ya que como exigencia minima para “hacer conducta” es asistir en un 60% a clases (alumnos no delincuentes deben asistir a un mínimo 80%), además, el “tutor” del joven NUNCA ASISTE al establecimiento como cualquier apoderado comprometido con sus pupilo, para ver su evolución. Otro aspecto que no se entiende en este proceso judicial de una “supuesta rehabilitación” es que al joven tampoco se le exige que tenga una aprobación de asignaturas aunque sea la minima (no interesa si es que reprueba o aprueba). ¿Entonces de que estamos hablando?, ¿O significa que las escuelas o liceos deben cuidar a estos jóvenes por la Justicia mientras permanecen en el establecimiento?
También lo habíamos mencionado en otra columna en este mismo contexto, estos jóvenes además producen un impacto negativo en los establecimientos al trastornar la convivencia escolar, ya que con sus “esporádicas” asistencias a clases, la no participación en los eventos de evaluación (seriamente), la formación de grupos que literalmente se “toman” los pasillos con sus relatos sobre sus hazañas en el delito o permanencias en Centros de Retención (ex Cárceles), que solo consiguen despertar el interés y motivación por ese tipo de comportamientos antisociales. Por lo tanto creemos que las autoridades educacionales deberían interceder por la búsqueda de sistemas mas efectivos en la reinserción de estos jóvenes en la educación regular.
Dejamos claro, que aquí no se trata de DISCRIMINAR a estos jóvenes chilenos que han tenido la desgracia de incursionar en caminos equivocados, tampoco se trata de grabarles a “fuego” el rotulo de DELINCUENTES en la frente, pero así como esta el sistema NO FUNCIONA que por si solo hace el efecto de DISCRIMINAR a todas luces al pretender protegerlos. Recordemos que quienes cometieron los errores son ELLOS no los alumnos regulares de una escuela o liceo, por lo que en un plan coordinado con el establecimiento el joven llegue por la vía normal, con apoderado, tutor o guardador que vele por su cumplimiento escolar, que cumpla con las reglas correspondiente de acuerdo con los Manuales de Convivencia como todos los alumnos y finalmente tenga también la obligación de aprobar sus asignaturas en las mismas condiciones; su condición no la debemos olvidar; el esta en una situación de CASTIGO no de PREMIO. Que los establecimientos educacionales regulares no sigan siendo un plantel GUARDADOR para estos jóvenes delincuentes por mandato de la Justicia, porque ese, no es su rol fundamental para con la sociedad, eso si puede AYUDAR.
JOSÉ ESPINOZA MELLADO, Profesor de Estado
Fecha de publicación: 2009-08-13
Publicado por:
http://www.tiroalblanco.cl/index.php?do=secc&secc=10
En la practica tenemos la triste realidad, la DELINCUENCIA a sobrepasado todos los marcos, aunque la autoridad lo niega o justifique, quizás el ya tristemente famoso CISARRO en unos meses sea un anécdota, hasta que vuelva a sus andadas. Solo tomen nota en el contexto que se da la entrada de este minusculo personaje en la escena de la DELINCUENCIA criolla:
“SANTIAGO, Chile, ago. 2 (UPI) -- El niño C.C.M (10) conocido como 'El Cisarro' regresó esta tarde de domingo al Centro de Tránsito y Diagnóstico (CTD) del Servicio Nacional de Menores (Sename) de Pudahuel desde donde había huido ayer y tras ser 'rescatado' por un grupo de al menos seis jovencitos, uno de ellos armado. 'El Cisarro' fue recapturado esta madrugada por funcionarios de la sección OS-9 de Carabineros que lo encontraron mientras se desplazaba por la comuna de Peñalolén en compañía de otras menores, y específicamente en calle Lago Ranco.
El niño permanecía en el CDT desde el jueves, y ayer mientras participaba de un taller junto a un grupo de menores, 'El Loquito' uno de los miembros de la banda de seis compañeros de correrías que fue a buscarlo, y que portaba un arma, intimidó al monitor del taller. Finalmente los seis miembros de la pandilla y 'El Cisarro' huyeron en un taxi.
Luego de que esta mañana fuera recapturado, el niño fue llevado hasta la 34 comisaría de menores, ubicada en calle República, desde donde se le derivó al CDT al que había sido enviado el jueves para ser sometido a una evaluación. Ese mismo día, 'El Cisarro' había sido capturado conduciendo un auto robado.
Poseedor de un nutrido prontuario, entre los 15 delitos por los que 'Cisarro' ya ha sido capturado se cuenta el atraco en el que fue apuñalado en una pierna el economista y decano de la Universidad Adolfo Ibáñez, Leonidas Montes, en octubre de 2008. Además, pocas semanas antes participó en el asalto contra el japonés Matasaka Wuada.
Debido a su corta edad, 'Cisarro' no es imputable, por lo que no ha sido juzgado y tras cada arresto es enviado a centros del Sename desde donde se fuga”. Lo más probable es que, mas de algún genio de la cinematografía chilena este ya escribiendo el guión de una película, es decir lo típico en el tratamiento superficial de una tema grave de carácter social y ético.
Hoy, la Justicia chilena toma medidas como la siguiente: Un joven es detenido por la comisión de un ilícito, revisada su causa, y si es imputable es enviado como castigo alternativo a cumplir “condena” a un establecimiento educacional, para lo cual se le asigna un “tutor” que se supone velara por el cumplimiento del “castigo” de aquel “joven descarriado”.
Hasta aquí podría aceptarse como una buena intención del(a) Sr(a) Juez(a), sin embargo en la practica existen casos en que el joven delincuente tiene que asistir en un establecimiento educacional Municipal subvencionado, quienes están en cierta forma obligados a recibirlo por su condición de dependencia estatal, situación que no tendría ninguna relevancia si estos jóvenes estuvieran BAJO EL MISMO RÉGIMEN estudiantil que los jóvenes regulares. Pero como se dijo, la realidad es otra, ya que como exigencia minima para “hacer conducta” es asistir en un 60% a clases (alumnos no delincuentes deben asistir a un mínimo 80%), además, el “tutor” del joven NUNCA ASISTE al establecimiento como cualquier apoderado comprometido con sus pupilo, para ver su evolución. Otro aspecto que no se entiende en este proceso judicial de una “supuesta rehabilitación” es que al joven tampoco se le exige que tenga una aprobación de asignaturas aunque sea la minima (no interesa si es que reprueba o aprueba). ¿Entonces de que estamos hablando?, ¿O significa que las escuelas o liceos deben cuidar a estos jóvenes por la Justicia mientras permanecen en el establecimiento?
También lo habíamos mencionado en otra columna en este mismo contexto, estos jóvenes además producen un impacto negativo en los establecimientos al trastornar la convivencia escolar, ya que con sus “esporádicas” asistencias a clases, la no participación en los eventos de evaluación (seriamente), la formación de grupos que literalmente se “toman” los pasillos con sus relatos sobre sus hazañas en el delito o permanencias en Centros de Retención (ex Cárceles), que solo consiguen despertar el interés y motivación por ese tipo de comportamientos antisociales. Por lo tanto creemos que las autoridades educacionales deberían interceder por la búsqueda de sistemas mas efectivos en la reinserción de estos jóvenes en la educación regular.
Dejamos claro, que aquí no se trata de DISCRIMINAR a estos jóvenes chilenos que han tenido la desgracia de incursionar en caminos equivocados, tampoco se trata de grabarles a “fuego” el rotulo de DELINCUENTES en la frente, pero así como esta el sistema NO FUNCIONA que por si solo hace el efecto de DISCRIMINAR a todas luces al pretender protegerlos. Recordemos que quienes cometieron los errores son ELLOS no los alumnos regulares de una escuela o liceo, por lo que en un plan coordinado con el establecimiento el joven llegue por la vía normal, con apoderado, tutor o guardador que vele por su cumplimiento escolar, que cumpla con las reglas correspondiente de acuerdo con los Manuales de Convivencia como todos los alumnos y finalmente tenga también la obligación de aprobar sus asignaturas en las mismas condiciones; su condición no la debemos olvidar; el esta en una situación de CASTIGO no de PREMIO. Que los establecimientos educacionales regulares no sigan siendo un plantel GUARDADOR para estos jóvenes delincuentes por mandato de la Justicia, porque ese, no es su rol fundamental para con la sociedad, eso si puede AYUDAR.
JOSÉ ESPINOZA MELLADO, Profesor de Estado
Fecha de publicación: 2009-08-13
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